REGLAMENTOS INTERNOS
REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DE LA SUBSECRETARÍA DE ACUACULTURA
Norma:Acuerdo Ministerial 2 Estado: Vigente
Publicado: Registro Oficial 201 Fecha: 30 de Octubre de 2007
LA SUBSECRETARÍA DE ACUACULTURA
Considerando:
Que el Art. 4 de la Ley de Contratación Pública determina que para la adquisición de bienes muebles, ejecución de obra, y prestación de servicios no regulados por la Ley de Consultoría, cuya cuantía sea inferior al valor que resulte de multiplicar el coeficiente 0,00002 previsto en el literal b) por el monto del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico, se observarán las normas reglamentarias pertinentes que para el efecto expida cada una de las entidades contratantes;
Que el Art. 59 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera y Control, establece que en cada entidad del sector público, deben existir funcionarios ordenadores de gastos y de pagos;
Que mediante Acuerdo Ministerial Nro. 89 publicado en el RO Nro. 86 del 17 de mayo del 2007 se creó la Subsecretaría de Acuacultura como una dependencia del MAGAP y se le encarga las atribuciones de regulación y control de las actividades relacionadas con la acuacultura;
Que la Subsecretaría de Acuacultura funciona desconcentradamente en el ámbito administrativo y financiero a través de recursos fiscales y de autogestión que sirven para financiar su presupuesto y operatividad, por lo que está facultada para ejercer derechos y contraer obligaciones; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art. 1 literales e) y f) del Acuerdo Ministerial Nro. 338 de fecha 26 de septiembre del 2007 suscrito por el Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca.
Acuerda:
Expedir el siguiente Reglamento Interno de Contrataciones para la Adquisición de bienes, ejecución de obras y prestación de servicios de la Subsecretaría de Acuacultura.
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