BOLETÍN INFORMATIVO
DECRETO 1442

Art. 4.- A continuación de la Disposición Transitoria Sexta contenida en el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 1391, del 15 de octubre de 2008, publicado en el Registro Oficial 454, del 27 de los mismos mes y año, inclúyase el siguiente inciso: "En el caso de las concesiones que se encuentren regularizadas actualmente, la disposición contenida en el inciso anterios se aplicaráa partir del año 2010".
Art. 5.- Se reforman las Disposiciones Transitorias Novena y décima contenidas en el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo No. 1391, del 15 de octubre de 2008, publicado en el Registro Oficial 454, del 27 de los mismos mes y año, estableciendo que los plazos señados en ambas disposiciones para solicitar la regularización de las zonas de playa y bahía, con el fin de obtener el respectivo acuerdo interministerial de concesión, vencerán el 31 de marzo de 2010.
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Subsecretaría de Acuacultura |








